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El olivar: Óleo de José Manuel Cañas Reíllo (2015)

El olivar: Óleo de José Manuel Cañas Reíllo (2015)

Llegamos ya al final de esta serie, que ha sido corta, pero no por ello menos importante para nosotros que otras más largas y quizá más rimbombantes. Hemos visto hasta ahora tierras de capellanías que salieron a arriendo en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real del 22 de julio de 1853. Respecto a algunas capellanías, los lotes eran muy importantes, por la cantidad de tierras, su extensión y el montante total de sus rentas anuales. En otros casos, encontramos capellanías de las que sólo una o dos propiedades y no de excesiva importancia salían a arriendo. Pero como no es cuestión de dejarnos nada en el tintero ni de dejar cabos sueltos en la cuestión y, como nos disponen las normas de la decencia y la costumbres de este blog, hay que apurar el tema, nos ocuparemos hoy de estos flecos. Así, visto ya lo correspondiente a las capellanías de Francisco Pintado, Elvira Sánchez y Juan(a) y Ana Flores, nos quedan las siguientes:

Capellanía de Sebastián Quirós

1121 Una tierra de 2 fanegas, en el sitio de la Albarica. Formaba parte del lote cuyo colono había sido Andrés Alarcos, con una renta anual total para todas las propiedades que lo componían de 600 reales de vellón.

Capellanía de Ruiz Díaz de Loreto y Catalina Alonso

1125 Una tierra de 1 fanega en el sitio de las Cuadrillas.

1126 Otra tierra en el mismo lugar.

1127 Otra tierra de 15 celemines en el camino del Vado.

Las tres pertenecían al mismo lote que la de Sebastián Quirós ya citada.

Tierras y casas de campo: Foto de José Manuel Cañas Reíllo (2015)

Tierras y casas de campo: Foto de José Manuel Cañas Reíllo (2015)

Capellanía de Juan Martín Feb (sic)

1145 Otra tierra de 2 fanegas 6 celemines en los 7 molinos. Había sido también su anterior colono Andrés Alarcos. Tenía una renta anual de 25 reales de vellón.

Éstos eran, pues, los últimos flecos de esta serie. Aquí concluimos lo que teníamos que decir sobre el listado de estas tierras de capellanías y su arriendo, lo que prefigura, sin duda, el proceso imparable de la liquidación de los bienes eclesiásticos criptanenses a mediados del siglo XIX. No se agota aquí, sin embargo, la cuestión de las capellanías en Campo de Criptana. Muchas serán las oportunidades que tendremos en el futuro de seguir hablando de ellas largo y tendido.

JOSÉ MANUEL CAÑAS REÍLLO