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Una «capellanía» es, según el DRAE, una:

Fundación en la que ciertos bienes quedan sujetos al cumplimiento de misas y otras cargas pías.

Precisamente de una capellanía hablaremos hoy: Es la que tenía el presbítero Jacinto González Vico que había sido fundada por José Gregorio y Sabina Perucho. El padre del presbítero había hecho una reclamación a la Diputación Provincial sobre la imposición de contribución territorial a los bienes de esta capellanía. De la resolución se da cuenta en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, del 19 de enero de 1872, según lo decidido en la Sesión de la Comisión Provincial del día 17 de noviembre de 1871 (la grafía es la del original, sobre todo en lo que se refiere a la ausencia de tildes):

No admitir la reclamación de don Juan Manuel Antonio Gonzalez, vecino de Madrid, contra la contribucion territorial que se impone en el Campo de Criptana, á los bienes de la Capellanía que posee su hijo el Presbítero D. Jacinto González Vico, que en dicha villa fundaron D. José Gregorio y Doña Sabina Perucho, la que administra el reclamante…

Eso sí, la Diputación accedió a efectuar:

… la devolución al interesado de los recibos que acompaña por si pudieran hacerle falta.

Lo que, por cierto, es todo un detalle.

En otros tiempos hubo muchas otras capellanías en Campo de Criptana, como la que había fundado Domingo Pedroche el 2 de diciembre de 1726, o las que salieron a subasta, como parte de las desamortizaciones, en febrero de 1843 (Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad-Real, del lunes 15 de febrero), como la Capellanía del Santísimo Cristo de la Columna, la fundada por Sebastián José Quirós y Arias y María Teresa Romero y Arias, la fundada por Elvira Sánchez, «muger de Juan Martin Merlo», la de Francisco Martín Pintado, la de Ánimas, la de Juan Martínez Febrero, la de ánimas de Segundo López Rucián, y la de Ruiz Díaz de la Lorenta y «su muger» Catalina Alonso.

JOSÉ MANUEL CAÑAS REÍLLO