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De la tierra: Foto de José Manuel Cañas Reíllo (2016)
La tierra no es solo un bien. Hay para quienes la tierra es más que una propiedad que se vende o se compra. La tierra, a veces, se encuentra ligada en cuerpo y alma a quien la posee, a quien durante muchos años la ha recorrido y la ha trabajado; y no sólo él: También lo hicieron sus antepasados. Hay personas ligadas a la tierra, y tierras ligadas a una persona, y hay vínculos muy difíciles de diluir, incluso con dinero de por medio. Hay paisajes también ligados a personas, y personas ligadas al campo y a su luz, tanto, que hay vínculos que, quien no los disfruta, no alcanzará nunca a comprenderlos. Pocos pueden comprender la tristeza que produce a quienes tienen una vida ligada al campo la venta de unas tierras que, al fin y al cabo, han visto pasar las generaciones, y han visto pasar el ciclo incansable de las estaciones desde hace siglos.
Y a lo mejor no viene todo esto muy a cuento para el artículo de hoy, aunque puede que alguna lejana relación podamos hallar. No vamos a hablar de ventas o de compras de tierras, pero sí, en cierto modo de algo relacionado, pues será de una servidumbre forzosa que un criptanense se negaba a aceptar.
El Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, del 19 de agosto de 1901, publica una nota del Gobierno Civil de la Provincia de Ciudad Real, sección «Obras públicas.- Expropiaciones». Ordena publicar la nota el gobernador civil de la provincia, Lucas San Juan. Y dice así su texto:
Hago saber: Que D. Juan Learte y Atienza, vecino de Pamplona, residente en Alcázar de San Juan, como apoderado de la Sociedad anónima Electra industrial de Castilla la Nueva, ha presentado en este Gobierno una instancia y proyecto para que se le conceda servidumbre forzosa de paso de corriente eléctrica por una linea bifilar aérea autorizada por Real orden de 8 de Junio último, en las fincas de Dª Ramona Villarejo y don Antonio Gullón, vecinos de Alcázar y Campo de Criptana respectivamente, cuyos propietarios se oponen, y en cumplimiento de lo que dispone el art. 8º de la ley de 23 de Marzo de 1900 para otorgamientos de servidumbre forzosa de pasos de corrientes eléctricas lo hago publico para la información debida.
El proyecto se halla de manifiesto en la Sección de Fomento hoy establecida e la Jefatura de Obras públicas de esta ciudad, calle del Camarín, núm. 2.

De líneas eléctricas; Foto de José Manuel Cañas Reíllo (2016)
Y firma, el 14 de agosto de 1901, el Gobernador de la provincia.
Tres meses antes, el 20 de mayo de ese año, la Corporación Municipal de Alcázar de San Juan, en Sesión ordinaria, decidía:
Reconocer á la Sociedad Electra Industrial de Castilla La Nueva como única dueña de la Central eléctrica de esta ciudad y à D. Juan Learte, como representante de la misma, quedando autorizado el Sr. Alcalde para que, á nombre y representación del Ayuntamiento, requiera á dicho Sr. Learte al objeto de que se lleva à cabo la formalización del contrato por medio de la correspondiente escritura publica, en los términos convenidos por la Corporación y el anterior representante de indicada (sic) Sociedad.
Se publicó tal texto en el extracto de acuerdos tomados por el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, del 17 de junio de 1901. La citada empresa, constituida en 1900, tenia como objetivo suministrar corriente eléctrica a Alcázar de San Juan y también a Campo de Criptana y Herencia (véase: El alumbrado eléctrico en Campo de Criptana, 1900; En los orígenes del alumbrado eléctrico en Campo de Criptana, 1900).
JOSÉ MANUEL CAÑAS REÍLLO